LO QUE HAY QUE SABER SOBRE LA LEY DE INVIOLABILIDAD A LA PROPIEDAD PRIVADA
El pasado 16 de julio el Honorable Congreso de la Nación aprobó un cuarto intermedio par el día 6 de agosto a las 14.00 en lo que respecta al tratamiento de la “Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada”.
Dado al complicado panorama que atraviesa el Gobierno Nacional para conseguir los 37 votos necesarios para aprobar el dictamen, el proyecto viene sufriendo cambios minuto a minuto tras negociaciones inclusive fuera de comisiones.
Ahora bien, ¿sabemos realmente qué es lo que se quiere modificar? ¿Qué modificaciones persisten y cuáles fueron eliminadas?
Para empezar, aquellos artículos que pretendían modificar la ley 26.737 coloquialmente llamada Ley de Tierras, quedaron totalmente eliminados según se confirmó durante la tarde del miércoles 5. Este articulado en su versión inicial pretendía eliminar los topes existentes de 15% de la superficie del estado nacional, provincial o municipal a manos extranjeras, inclusive si contaban con cuerpos de agua o zonas de frontera. Posteriormente ante la negativa de los demás bloques se decidió subir ese tope a 25%, para finalmente eliminarlo.

En lo que respecta a los artículos que todavía prevalecen, está la derogación de la prohibición de modificación de uso de suelo por 60 años de terrenos rurales o pastizales que han sido quemados. Sin embargo, en el caso de los bosques nativos, el uso de esos suelos dependerá de las normativas del Plan de Ordenamiento Territorial que posea cada provincia.
Se modificaría también en caso de aprobarse la normativa, el cálculo de la remuneración que se recibe tras la expropiación de inmuebles. Abonándose no solo los costos del bien como tal y los daños físicos directos, sino también intereses, cálculos por lucro cesante y este monto será actualizado por IPC. Índice de Precios al Consumidor.
Se tratará también la agilización de los procedimientos de juicios por desalojo, autorizando el mandar las notificaciones por correo electrónico en vez de dejar las notificaciones en papel en el domicilio. Además, el propietario podrá recuperar la propiedad durante las primeras instancias del juicio.
La Ley Pierri que regulaba la entrega de la escrituración gratuitas o a un bajo costo de viviendas también sufrirá modificaciones. De ahora en más, todos aquellos que ocupen un terreno de manera pacífica y legítima, serán inscriptos en un registro de la propiedad que le servirá de protección legal ante potenciales desalojos para que, transcurridos 10 años desde su inscripción al registro podrán acceder a la escritura, contrario a los 20 años que reglamenta la ley actual.

Ahora bien, los artículos polémicos que fueron totalmente eliminados son los siguientes:
La eliminación del RENABAP que pretendía quitarle la protección legal ante desalojos a los barrios marginales. Esta protección, seguirá vigente.
Los desalojos express que pretendían iniciar el proceso de desalojo por falta de pago o finalización de contrato transcurridas apenas 72 horas desde la notificación tampoco entran en el proyecto final.
La suspensión a la caución real para propietarios, que es un monto que los propietarios de un inmueble deben abonar en el juzgado al solicitar una desocupación inmediata tampoco se tratará.
Otra de las polémicas que surgieron referidas a la sesión de hoy, respecta a los decretos firmados por la presidente del congreso Victoria Villarruel autorizando la participación de los senadores Anabel Fernández Sagasti y Flavio Fama de manera remota, dado a que ambos por cuestiones médicas están imposibilitados de viajar a Capital Federal para ocupar sus bancas. Lo importante de estos decretos es que se autoriza “ad referéndum del cuerpo” lo que implica que dichos senadores serán contabilizados para el quorum de la sesión, pero su voz y voto será habilitada sólo en caso de ser aprobada por los demás senadores al iniciar el debate.

